Day: mayo 9, 2023

FACTURAS SIMPLIFICADAS

FACTURAS SIMPLIFICADAS

Podrá emitirlas en determinados casos. Para ser válidas, las facturas deben contener un número que las identifique, la fecha de expedición (y la de la operación, si son distintas), la descripción de la operación, los datos fiscales de emisor y destinatario (NIF, nombre y domicilio), la base y el tipo de IVA y la cuota resultante. No obstante, en ciertos supuestos pueden emitirse facturas simplificadas, con menos datos. Esto es posible en los siguientes casos: Facturas cuyo importe no supere los 400 euros, IVA incluido. Facturas rectificativas, con independencia de su importe (la factura previa –la rectificada– ya contiene los datos legales). En ciertas actividades previstas por la ley (principalmente dirigidas a consumidores finales, como ventas al por menor, transporte de viajeros, hostelería...), cuando el importe de la factura no exceda de 3.000 euros, IVA incluido. Las facturas simplificadas…